La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la acción de inconstitucionalidad que promovió Somos contra el Decreto 0586, que redujo los periodos de precampaña y de obtención de apoyo ciudadano para candidaturas independientes en San Luis Potosí. Sin embargo, la impugnación de Morena continuará en trámite, luego de que la Corte reconoció que su dirigencia nacional cumplió los requisitos legales para presentar el recurso.
La determinación consta en un acuerdo del 30 de septiembre, notificado el 5 de octubre, dentro de las acciones de inconstitucionalidad 113/2026 y 114/2026, promovidas por Morena y Somos, respectivamente.
La SCJN desechó el recurso de Somos porque Guadalupe Acosta Naranjo, quien presentó la demanda como presidente de su Comité Nacional, no acreditó la legitimación legal necesaria para impugnar la reforma. La resolución responde a un requisito procesal y no representa un pronunciamiento sobre la constitucionalidad del decreto.
Aunque la Corte acumuló ambos recursos porque cuestionan el mismo decreto, cada partido debía cumplir por separado los requisitos legales para promover su acción.
En contraste, la SCJN reconoció que Morena presentó su impugnación mediante una representación partidista facultada para hacerlo y dentro del plazo legal. Además, admitió una ampliación de demanda promovida por la presidencia de su Comité Ejecutivo Nacional.
La Corte precisó que una ampliación no puede servir para presentar fuera de plazo argumentos contra disposiciones que el partido pudo cuestionar desde su demanda inicial. No obstante, determinó que el nuevo escrito de Morena se encontraba dentro del plazo correspondiente para impugnar el Decreto 0586.
Como parte del procedimiento, la SCJN solicitó informes a los poderes Legislativo y Ejecutivo de San Luis Potosí, así como los antecedentes de la reforma al Congreso estatal. También ordenó notificar a la Fiscalía General de la República y a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.
El Decreto 0586, publicado el 12 de agosto de 2026, modificó los plazos de la legislación electoral potosina para las precampañas y la obtención de apoyo ciudadano de quienes buscan competir mediante candidaturas independientes.
Entre los cambios, la reforma redujo de 40 a 20 días el periodo de precampaña para la gubernatura, así como el plazo para reunir el respaldo ciudadano necesario para una candidatura independiente a ese cargo. Para las diputaciones y los ayuntamientos, los periodos correspondientes también quedaron en 20 días.
Somos había cuestionado que las modificaciones podían generar condiciones desiguales de competencia, particularmente para los partidos de reciente creación y las personas que buscan participar sin el respaldo de una fuerza política. También señaló que las autoridades no consultaron a pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas ni a personas con discapacidad.
Sin embargo, el acuerdo de la SCJN no determina si esos argumentos tienen fundamento. Por ahora, únicamente establece que la impugnación de Morena seguirá su curso, mientras que la promovida por Somos quedó desechada por falta de legitimación procesal.
Finalmente, la Corte solicitó al presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que emita, en un plazo de diez días naturales, una opinión sobre la acción de inconstitucionalidad.





