La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó por unanimidad el criterio del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre las boletas sin dobleces o «planchadas», determinando que deberán ser declaradas de manera directa e inmediata como votos nulos. Con la máxima de que «si no estuvo doblada en la urna, no cuenta», el máximo órgano jurisdiccional en materia electoral eliminó cualquier margen de discrecionalidad en las decisiones que adopten los 300 consejos distritales durante el escrutinio y cómputo de los paquetes comiciales.
El consejero del INE, Martín Faz Mora, explicó que la resolución del tribunal responde a las impugnaciones promovidas por partidos de oposición contra un acuerdo previo del órgano electoral. La regla aprobada inicialmente por un bloque de consejeras y consejeros dejaba a criterio individual de cada consejo distrital la validación o anulación de estos sufragios; sin embargo, con el nuevo mandato judicial se homologará el procedimiento en todo el país para otorgar certeza jurídica a los resultados finales y blindar a los funcionarios electorales frente a presiones externas.
Faz Mora destacó que la nulidad directa por norma protege la labor de las y los consejeros en los distritos y asegura la autenticidad del voto ciudadano. En consecuencia, el Instituto Nacional Electoral procederá a ajustar sus lineamientos de cómputo para acatar la sentencia del Tribunal Electoral, garantizando que ninguna boleta que no haya ingresado doblada al depósito urnario formal sea integrada a la contabilidad de votos válidos en las elecciones.





