El conflicto agrario y social por el predio La Peña, ubicado en la comunidad de Agua Fría dentro del municipio de Tampamolón Corona, registró un cambio en su desarrollo legal. Un Tribunal Federal modificó la resolución inicial del caso y concedió una suspensión provisional con efectos restitutorios, lo que mandata el retorno inmediato de las familias indígenas que habían sido desalojadas de sus viviendas y tierras en el Rancho La Peña.
La determinación judicial se derivó de la resolución del Recurso de Queja 195/2026. Este fallo incide directamente sobre las actuaciones previas del Ayuntamiento de Tampamolón y las instituciones del Gobierno del Estado, las cuales fueron señaladas por los afectados y por organizaciones campesinas como la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos (CIOAC) de haber coordinado y respaldado el operativo de expulsión de los habitantes tének y nahuas, quienes argumentan una posesión pacífica del sitio por más de tres décadas.
El dictamen de la autoridad judicial establece formalmente la modificación del auto recurrido y ordena que la restitución de la posesión se ejecute de manera inmediata. Para dar cumplimiento a esta disposición, se instruyó al Ministerio Público adscrito a Tampamolón Corona a encabezar la diligencia correspondiente, levantar un acta circunstanciada del acto y remitir los comprobantes y constancias necesarias al Juzgado Quinto de Distrito.
Como parte de las garantías procesales y con el fin de asegurar el respeto a los derechos de los pueblos originarios, el juzgado también requirió la intervención del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI). Dicha institución deberá designar intérpretes en las lenguas náhuatl, tének y maya, permitiendo que las personas afectadas comprendan la totalidad del desarrollo de las diligencias legales.
Este pronunciamiento del Poder Judicial Federal se genera días después de que los pobladores denunciaran públicamente la destrucción, saqueo y posterior quema de sus viviendas y pertenencias tras el desalojo, actos que atribuyeron a personal municipal y a elementos de seguridad pública. En su momento, los representantes de la CIOAC señalaron que las autoridades municipales justificaron las acciones bajo un presunto respaldo de la administración estatal.
Tras la emisión del fallo federal, el proceso entra en una fase de ejecución donde las autoridades señaladas como responsables deberán dar cumplimiento a la orden de restitución, quedando sujetas a las sanciones legales correspondientes en caso de retraso o desacato del mandato judicial.





