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Reclasifican a homicidio con agravante el caso de Liz; imputado seguirá proceso en resguardo domiciliario

Tras una audiencia de más de ocho horas, juez reclasificó el delito a homicidio culposo agravado por estado de ebriedad en el caso de Liz en San Luis Potosí.

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Tras una audiencia de más de ocho horas, el proceso penal por la muerte de Liz dio un giro técnico determinante. La autoridad judicial determinó la vinculación a proceso del imputado, Raúl “N”, hijo de la diputada local Leticia Vázquez (PVEM) y del regidor de Cerritos Raúl Reyes, reclasificando el tipo penal e integrando de manera formal la agravante de conducción en estado de ebriedad, condición que eleva el rango de una eventual condena a una pena que oscila entre los 8 y los 20 años de prisión.

La defensa legal de la víctima, encabezada por el abogado Rodrigo Guerrero, confirmó que la resolución representó un revés para la estrategia de los abogados del señalado, quienes durante la duplicidad del término constitucional presentaron diversas pruebas para descartar el consumo de alcohol. Entre los elementos admitidos se integró el expediente clínico emitido por el Hospital Central «Dr. Ignacio Morones Prieto», documento que consignó de manera explícita la valoración médica que confirmó que el conductor se encontraba bajo los efectos del alcohol al momento de los hechos.

Pese a la reclasificación del delito, Raúl “N” continuará su proceso bajo la medida cautelar de resguardo domiciliario. Esta disposición se mantiene de forma provisional debido a los efectos de una suspensión concedida previamente dentro de un juicio de amparo. Sin embargo, la asesoría jurídica de la parte afectada precisó que dicha medida no es definitiva, ya que una vez resuelto el fondo del amparo o ante una negativa de suspensión definitiva, se solicitará la revisión de las medidas cautelares para que enfrente el proceso bajo prisión preventiva en un centro penitenciario.

A la medida de resguardo domiciliario se sumó la restricción expresa de establecer cualquier tipo de comunicación con los testigos del caso. La verificación del cumplimiento de estas disposiciones corresponderá a la Unidad de Medidas Cautelares (UMECA), instancia facultada para reportar cualquier irregularidad que pudiera derivar en la revocación inmediata del beneficio de permanencia en el domicilio.

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