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FGE reportó una denuncia por la “Ley Serrano”, pero el caso de dos comunicadoras genera dudas

La FGE reportó una sola denuncia durante la vigencia de la llamada “Ley Serrano”, mientras el caso de Eréndira Reyes y Alejandra Hermosillo evidencia discrepancias.

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La Fiscalía General del Estado (FGE) de San Luis Potosí reportó que durante la vigencia de la reforma al artículo 187 TER del Código Penal estatal, conocida como “Ley Serrano”, recibió una sola denuncia relacionada con el uso indebido de inteligencia artificial. Sin embargo, el dato contrasta con el proceso penal que llevó a la detención de las comunicadoras Eréndira Reyes y Alejandra Hermosillo.

La reforma estuvo vigente del 14 de noviembre de 2025 al 30 de julio de 2026 y establecía sanciones para determinados usos de inteligencia artificial. La propia fiscal general, María Manuela García Cázares, había señalado en junio que la dependencia contaba con un área especializada para realizar peritajes sobre contenidos generados o manipulados mediante IA.

El dato sobre una sola denuncia adquiere relevancia porque el 21 de mayo de 2026 la FGE detuvo a Eréndira Reyes, directora de San Wicho Times, y a su hija Alejandra Hermosillo, funcionaria del área de Comunicación Social del Ayuntamiento de San Luis Potosí. Ambas fueron vinculadas a proceso por un delito relacionado con la identidad de las personas y el uso presuntamente ilícito de herramientas de inteligencia artificial.

Una denuncia que terminó en la detención de dos mujeres

El origen del caso se encuentra en una denuncia presentada el 8 de mayo de 2026, atribuida posteriormente a la senadora del PVEM Ruth Miriam González Silva, de acuerdo con información publicada por El País y retomada por medios locales. La querella señalaba la creación de una imagen manipulada mediante inteligencia artificial en la que aparecía la legisladora junto al gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya.

La detención de Reyes y Hermosillo ocurrió el 21 de mayo. Organizaciones de defensa de la libertad de expresión cuestionaron desde entonces la utilización del derecho penal en este tipo de casos y señalaron riesgos para periodistas y comunicadores.

Ambas permanecieron privadas de la libertad y posteriormente obtuvieron su liberación mediante la suspensión condicional del proceso, de acuerdo con información publicada durante el desarrollo del caso.

La información oficial deja preguntas abiertas

La principal discrepancia señalada ahora radica en que la FGE reportó una denuncia durante el periodo de vigencia del artículo 187 TER, mientras que existe un expediente penal que derivó en la detención de dos personas por hechos relacionados con esta legislación.

La información disponible permite establecer que la denuncia contra Reyes y Hermosillo sí existió y que la Fiscalía intervino en el proceso, por lo que el reporte de una sola denuncia no necesariamente implica que el caso haya sido omitido. También puede referirse únicamente al número de querellas formalmente clasificadas bajo un determinado tipo penal y no al número de personas investigadas o imputadas.

Esta diferencia entre denuncias, carpetas de investigación, personas detenidas y delitos imputados resulta relevante para interpretar correctamente las cifras de la Fiscalía.

La propia FGE había señalado en junio que, hasta ese momento, el caso iniciado bajo la llamada “Ley Serrano” correspondía a la denuncia de González Silva contra las dos creadoras de contenido.

La “Ley Serrano” enfrentó críticas por libertad de expresión

Desde su aprobación, organizaciones como Artículo 19 cuestionaron algunos elementos de la reforma por considerar que contenía conceptos ambiguos relacionados con la generación de contenidos mediante inteligencia artificial y podía abrir espacios para interpretaciones discrecionales.

El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ) también pidió la liberación de Reyes y Hermosillo y cuestionó los cargos relacionados con el uso de inteligencia artificial.

La controversia llevó incluso a promover iniciativas para derogar disposiciones penales vinculadas con el uso de IA, mientras organizaciones defensoras de la libertad de expresión reclamaron una regulación que protegiera a las personas frente a contenidos falsos sin criminalizar la crítica o la actividad periodística.

Con la derogación de la reforma el 30 de julio de 2026, el debate se trasladó ahora a la forma en que la FGE registró y procesó los casos derivados de esas disposiciones.

El punto que permanece abierto es determinar cómo se contabilizó oficialmente la denuncia que derivó en el proceso contra Reyes y Hermosillo y por qué la información pública disponible presenta diferencias entre el número de denuncias reportadas y los hechos que fueron judicializados.

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