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Unidades de transporte urbano que excedan los 10 años deberán ser sustituidas: SCT

La SCT advierte que camiones de transporte urbano en SLP con más de 10 años de antigüedad deberán ser sustituidos o perderán la concesión.

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Las unidades del transporte urbano en San Luis Potosí deben cumplir una antigüedad máxima de diez años, acreditar la revista vehicular anual y contar con dispositivos de seguridad para poder circular. Para la titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), Araceli Martínez Acosta, la revista vehicular es el parámetro de la dependencia para determinar qué unidades están en condiciones de prestar el servicio y requerir a los concesionarios las correcciones o sustituciones correspondientes.

Los resultados de la inspección permiten cuantificar los vehículos aprobados, aquellos con observaciones y los que deben reemplazarse, información que se incorpora al diagnóstico de la flota junto con las altas y bajas del padrón, cuyo registro distingue las autorizaciones existentes de los camiones que efectivamente circulan.

La funcionaria estatal refirió que para la revista 2026 la convocatoria incluyó revisión administrativa, mecánica y de seguridad. Entre las condiciones señaladas figuran carrocería, vidrios, asientos y vestiduras en buen estado, pintura conforme a la modalidad, identificación legible y ausencia de accesorios innecesarios o polarizados, además de documentación y seguro vigentes.

La obligación de aprobar esa revisión está prevista en el artículo 48 de la Ley de Transporte Público del Estado, mientras que los artículos 46 y 67 establecen el límite de antigüedad. Este último también exige dispositivos que impidan acelerar con las puertas abiertas, geolocalización, control de velocidad, cámaras, letreros de ruta, iluminación clara y botón de pánico.

Las consecuencias dependen del incumplimiento: el artículo 110 dispone el retiro provisional de vehículos cuyas condiciones físicas o mecánicas comprometan la seguridad, concediendo hasta 30 días naturales para corregirlas. Si no se subsanan, procede el retiro definitivo y un plazo de 90 días para sustituirlos. Cuando las unidades exceden la antigüedad permitida, dicho artículo establece directamente su sustitución y, ante el incumplimiento, el inicio del procedimiento de revocación de la concesión o cancelación del permiso.

Aunque se ha estimado que entre 15 y 20 por ciento de las unidades urbanas podrían ser retiradas por incumplimientos, todavía no existe una cifra definitiva. Sin embargo, en la reciente comparecencia de la titular de la SCT se reportó la renovación de más de 70 unidades urbanas y la revisión del 75 por ciento del parque vehicular del servicio público estatal.

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