El diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno presentó ante el Congreso del Estado dos iniciativas para expedir la Ley de Amnistía y la Ley de Indulto del Estado de San Luis Potosí. Se trata de la legislación secundaria necesaria para operativizar la reforma a la Constitución Política del Estado previamente aprobada, estableciendo un marco normativo con reglas claras para que el Poder Legislativo aplique la amnistía y el Poder Ejecutivo otorgue el indulto, garantizando el respeto a los derechos humanos y la justicia social sin generar impunidad en conductas delictivas graves.
La Ley de Amnistía se plantea como un instrumento legislativo orientado a saldar deudas históricas con personas en situación de pobreza, discriminación, campesinos que defendieron sus tierras y mujeres en contextos de violencia o trata, así como casos donde existieron fallas al debido proceso. La norma prioriza en todo momento la reparación del daño a las víctimas y excluye de manera explícita delitos de alto impacto, tales como violencia o abuso sexual contra menores, violación y cualquier conducta que atente contra la vida, la libertad o la integridad personal, en concordancia con el artículo 1º constitucional.
Por su parte, la Ley de Indulto reglamenta la facultad discrecional de la persona titular del Ejecutivo para extinguir la ejecución de penas e introduce las figuras de Indulto por Gracia —para casos de salud extrema, edad avanzada o cuidadores únicos— e Indulto Necesario frente a violaciones graves a derechos humanos o errores judiciales comprobados. El procedimiento contempla la integración de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAV) en un Consejo Consultivo y prohíbe el beneficio a reincidentes, personas con sanciones penitenciarias recientes o perfiles considerados de alto riesgo. Ambas propuestas fueron turnadas para su análisis a las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Justicia.





