La Comisión Segunda de Justicia del Congreso del Estado aprobó el dictamen que reforma el artículo 2282 del Código Civil de San Luis Potosí, para establecer que el incremento anual de las rentas destinadas a vivienda no podrá superar el porcentaje de inflación reportado por el Banco de México durante el año natural inmediato anterior.
La presidenta de la comisión, Gabriela López Torres, afirmó que la modificación no representa una afectación para el sector inmobiliario ni para las personas que rentan una vivienda, debido a que únicamente establece un límite para los aumentos anuales.
La legisladora explicó que el objetivo consiste en que cualquier incremento a la renta tenga como referencia la inflación anual, al considerar que este indicador permite medir de manera objetiva el comportamiento general de los precios en la economía.
“No debe existir ninguna preocupación respecto de estas medidas en las rentas, no afecta a nadie, a ningún sector inmobiliario”, sostuvo López Torres, quien añadió que el Código Civil ya contempla disposiciones relacionadas con los ajustes en los contratos de arrendamiento.
La iniciativa se presento por la diputada Jacquelinn Jauregui y los diputados Héctor Serrano Cortés y César Arturo Lara Rocha, quienes plantearon utilizar la inflación como parámetro para establecer un límite a los incrementos de los alquileres.
De acuerdo con la presidenta de la comisión, establecer este parámetro permitiría proteger el valor de la renta para los propietarios y, al mismo tiempo, brindar mayor estabilidad económica y previsibilidad a las personas arrendatarias.
La propuesta señala que la reforma no busca intervenir de manera excesiva en el mercado inmobiliario ni limitar la libertad de propietarios e inquilinos para establecer las condiciones de sus contratos, sino fijar un criterio objetivo que contribuya a prevenir aumentos desproporcionados y fortalecer la seguridad jurídica.
El dictamen establece que el aumento anual de las rentas no podrá exceder el porcentaje de inflación correspondiente al año natural inmediato anterior, conforme al indicador reportado por el Banco de México.
Tras la aprobación en la Comisión Segunda de Justicia, el dictamen se turnara al Pleno del Congreso del Estado, donde las y los legisladores deberán someterlo a votación para determinar si la reforma entra en vigor.





