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Somos presenta segunda acción ante la Suprema Corte contra reformas electorales de San Luis Potosí

Somos promovió una segunda acción de inconstitucionalidad ante la SCJN contra el decreto 0586, que reduce tiempos de precampaña en San Luis Potosí.

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Somos presentó una segunda acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra cambios a la legislación electoral de San Luis Potosí. Esta vez, la acción cuestiona el decreto 0586, publicado el 12 de agosto, que modifica los tiempos de precampaña, de obtención de respaldo para candidaturas independientes y el calendario del proceso electoral local. La presentación se realizo por la dirigencia nacional e impulsada desde el comité estatal de Somos San Luis Potosí.

La nueva acción da continuidad a la defensa que Somos emprendió contra las reformas electorales aprobadas este año en el estado. Una primera acción de inconstitucionalidad cuestionó el decreto 0571; ahora se impugna un decreto posterior e independiente, el 0586. La discusión cobra especial relevancia justo cuando comienza el proceso electoral rumbo a 2027 y las condiciones con las que cada fuerza política llegará a la contienda empiezan a definirse.

El decreto reduce de 40 a 20 días las precampañas para la gubernatura y también de 40 a 20 días el periodo para obtener respaldo ciudadano en una candidatura independiente a ese cargo. Para diputaciones y ayuntamientos, los plazos pasan de 25 a 20 días. La acción advierte que poner el mismo límite de tiempo no significa generar condiciones iguales: quienes ya cuentan con estructuras políticas, presencia territorial y organización consolidada parten con una ventaja frente a nuevas fuerzas políticas y candidaturas independientes.

La impugnación también cuestiona que se hayan modificado estas reglas sin garantizar la consulta previa a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas y a personas con discapacidad, para quienes la reducción de tiempos puede profundizar barreras territoriales, lingüísticas, físicas, digitales y de comunicación. La Suprema Corte ya había invalidado disposiciones de la legislación electoral potosina por deficiencias en estos procesos de consulta y había establecido obligaciones para el Congreso local.

El proceso rumbo a 2027 no puede comenzar con reglas que, aunque parezcan iguales para todos, profundicen las desventajas de quienes parten desde condiciones distintas. La exigencia es que San Luis Potosí celebre una elección con participación efectiva, pluralidad y condiciones de equidad, y que las decisiones sobre las reglas electorales no vuelvan a excluir a quienes tienen derecho a ser escuchados.

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