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Reforma obliga a investigar de oficio el abandono de menores, adultos mayores y personas con discapacidad

Nueva reforma obliga al Ministerio Público a investigar de oficio casos de abandono contra menores, adultos mayores y personas con discapacidad; habrá penas de prisión y multas económicas.

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Una reforma legislativa recientemente entrada en vigor establece que el Ministerio Público deberá iniciar investigaciones de oficio en casos de abandono u omisión de cuidados contra niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad cuando exista una obligación legal de cuidado.

La modificación legal busca reforzar la protección de sectores vulnerables y establece sanciones penales para quienes incumplan con responsabilidades de atención y resguardo. De acuerdo con el nuevo marco jurídico, las autoridades ya no requerirán una denuncia formal para comenzar una carpeta de investigación cuando existan indicios de abandono.

En los casos relacionados con personas adultas mayores, la legislación contempla además consecuencias civiles y familiares para quienes resulten responsables. Entre ellas se encuentra la pérdida de la patria potestad, tutela y derechos hereditarios respecto de la persona afectada.

La reforma también define penas para quienes sean encontrados culpables de este delito. Las sanciones van de uno a tres años de prisión, además de multas equivalentes a entre 100 y 300 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que representa montos aproximados de 35 mil a más de 111 mil pesos.

Las disposiciones incluyen igualmente a responsables de instituciones públicas o privadas dedicadas a la asistencia integral de personas adultas mayores. Si se acredita que no brindaron atención adecuada y oportuna a quienes estaban bajo su cuidado, el Ministerio Público también deberá intervenir de oficio.

Para estos casos, las penas previstas son de dos a cinco años de prisión y multas de entre 200 y 500 UMAs, además de la obligación de reparar el daño ocasionado. Las cantidades económicas equivalen a sanciones superiores a los 23 mil pesos y que pueden alcanzar más de 58 mil pesos, dependiendo de la gravedad de la conducta.

La legislación señala además que, si el abandono deriva en la muerte de la persona afectada, las autoridades aplicarán las sanciones contempladas en el Código Penal estatal para homicidio por omisión.

Con esta reforma, las autoridades buscan fortalecer los mecanismos de protección hacia grupos vulnerables y aumentar las consecuencias legales contra quienes incumplan con obligaciones de cuidado y asistencia.

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